Aunque España sea considerado como un país que ha salido de la crisis, la situación actual es bastante precaria para la clase media trabajadora. Muchas mujeres que ahora estén embarazadas estarán, por lo tanto, interesadas en saber qué ayudas por maternidad o prestaciones económicas se otorgan en España. En Embarazo 10 os resolveremos todas esas dudas a lo largo de este artículo.
Tanto si tienes un hijo biológico como adoptado, el gobierno ha destinado una partida de sus presupuestos a lo que se conoce como ayudas a la maternidad. Cabe destacar que, aunque la situación no sea perfecta, el salir de la crisis se ha traducido en un aumento de las ayudas por maternidad. En cualquier caso, aunque las ayudas de maternidad hayan sufrido algún que otro recorte en el pasado, a grandes rasgos, siempre se han mantenido aquellas ayudas otorgadas por organismos como la Seguridad social o la Agencia Tributaria.
No obstante, la decisión de tener un hijo es de las más importantes que una persona puede tomar a lo largo de su vida, así que te animamos a que eches un vistazo a las distintas ayudas por maternidad para estar ante todo bien informado. Estas ayudas no pueden ser lo único que pongas en la balanza a la hora de decidir, pero el factor económico a la hora de tener hijos está claro que también influye. Y sin más dilación, ¡veamos de qué ayudas por maternidad te puedes beneficiar!
Ayudas por parto 2023
Como ya hemos mencionado anteriormente y explicaremos más adelante en detalle, una futura madre que esté embarazada puede solicitar una ayuda por maternidad a la Seguridad Social. Y, de nuevo, nos gustaría aprovechar para recordaros que debéis solicitar esta ayuda antes de que nazca el bebé, puesto que no se hará efectiva hasta el trimestre siguiente, una vez solicitada. Pero, ¿qué sucede si el parto no es un parto único sino múltiple? Te lo explicamos a continuación.
Ayudas por parto múltiple 2023
Para los partos múltiples la cuantía de la ayuda puede variar dependiendo del número de hijos que hayas tenido, de este modo si has tenido dos hijos puedes cobrar 2.565,60 ?, si has tenido tres hijos puedes cobrar 5.131,20 ?; y si tienes a la vez cuatro o más hijos recibirás una ayuda de de 7.696,80 ?.
Ayudas por maternidad de la Seguridad Social
Para los casos de familias numerosas, familias monoparentales o en los casos de madres que tengan una discapacidad del 65% se puede solicitar una ayuda de pago único de 1.000 euros por haber tenido un hijo (siempre y cuando no se superen unos margenes de ingresos determinados).
La Seguridad Social ha concedido históricamente ayudas por maternidad a aquellas familias con ingresos limitados desde hace muchos años. El consejo más práctico que podemos darte es que presentes la solicitud lo antes posible. De este modo, en cuanto nazca el bebé los padres podrán comenzar a cobrar el primer día del trimestre siguiente al que se ha solicitado. Hasta el año 2012 la ayuda de este organismo era de unos 500 euros al año hasta que el menor cumplía 5 años. Y desde el 2013 esta cifra se ha estipulado en los 291 euros anuales.
Cabe señalar que, a día de hoy, las familias cuyos ingresos anuales sean inferiores a 11.376,66 ? también pueden pedir una ayuda de 291 euros anuales que durará hasta que el menor cumple los 18 años. Dicha cuantía se incrementa en un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo, a partir del segundo, incluido éste. No se exige límite de ingresos para el reconocimiento de la condición de beneficiario de la asignación por hijo o menor con discapacidad.
Ayudas a familias numerosas
Antes hemos comentado que la familia numerosa se considera beneficiario también. Esto quiere decir, al igual que en los otros casos que comentábamos en el apartado anterior, que los padres con más de dos hijos tienen la posibilidad de solicitar también el pago único de 1.000 euros a partir del tercer hijo en adelante. Nuevamente, esto queda sujeto a que los ingresos de ambos padres no superen una determinada cantidad.
Para familias numerosas se pagan 450,73 euros por el tercer hijo y los siguientes. Si el niño tiene una discapacidad del 33% o mayor, esta cantidad se duplica. Los ingresos de los padres no pueden superar los 17.122,59 ?, con un incremento de 2.575,95 ? a partir del cuarto.
- Familias con 3 hijos: 1.200?
- Familias con 4 hijos: 1.800?
- Familias con 5 hijos: 2.400?
- Familias con 6 hijos o mas: 3.000?
Beneficiarios para solicitar la ayuda por maternidad
La Seguridad Social otorga esta ayudas a los progenitores, adoptantes o acogedores del menor de 18 años siempre que se cumplan una serie de condiciones. A continuación, te mostramos cuáles son esos requisitos:
- Residir legalmente en territorio español. Se considera cumplida esta condición en el supuesto de trabajadores trasladados por su empresa fuera del territorio español, que se encuentren en situación asimilada a la de alta y coticen en el correspondiente régimen de Seguridad Social español. No obstante, no se considerará interrumpida la residencia por las ausencias del territorio español inferiores a 90 días a lo largo de cada año natural. Tampoco se considera interrumpida cuando la ausencia esté motivada por causas de enfermedad debidamente justificadas.
- Tener a su cargo hijos o menores acogidos, menores de 18 años o mayores con una discapacidad o diversidad funcional en un grado igual o superior al 65% y residentes en territorio español. Se considera cumplido este requisito respecto de los hijos o menores acogidos que acompañen en sus desplazamientos a los trabajadores trasladados por su empresa fuera del territorio nacional.
- No se tendrá derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
- Si el permiso de descanso lo disfrutan ambos progenitores, podrán ser los dos beneficiarios de la prestación si acreditan los requisitos necesarios cada uno de ellos.
Por otro lado, dependiendo de la edad del trabajador, el periodo de cotización mínimo necesario para poder acogerse a la prestación por maternidad será distinto y tiende a variar de forma gradual, tal y como podemos ver a continuación:
Requisitos para acogerse a la ayuda por maternidad de la Seguridad Social 2023
Para madres menores de 21 años
- No se exige periodo mínimo.
Para madres mayores de 21 años y menores de 26
- 90 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso.
- 180 días a durante toda la vida laboral del trabajador.
Para madres mayores de 26 años
- 180 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso.
- 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
Para las madres no contributivas
- En aquellos casos de parto en los que la madre no reúna los requisitos de cotización mínimos, podrá acogerse en lugar a la conocida como la maternidad no contributiva, conocida como el subsidio no contributivo por maternidad.
- En ese caso, la cuantía a percibir se corresponderá con el 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM, que en años anteriores se ha situado en 17.75 euros diarios (532,51 euros mensuales) con carácter general.
Ayudas por maternidad de la Agencia Tributaria
Las madres trabajadoras que tengan hijos de hasta 3 años pueden cobrar una paga mensual de 100 ? o, por el contrario, deducirse 1.200 ? del IRPF. La única condición para solicitar esta ayuda es haber cotizado al menos 15 días en el mes en el que se solicita la prestación. Además, es necesario rellenar el modelo 140 para poder presentarlo físicamente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Si no quieres acercarte a la oficina más cercana capaz de gestionar este trámite, también puedes rellenar el modelo 140 y enviarlo por Internet a través de la página web de la Agencia Tribunaria.
Por otro lado, cabe destacar que aquellas familias con hijos recién nacidos podrán deducir 1.836 ? de la base imponible del IRPF por el primer hijo, 2.040 ? por el segundo, 3.672 ? por el tercero y 4.182 ? por el cuarto. En caso de tener más de cuatro hijos, la deducción a partir del cuarto será de 4.182? también y ya no variará.
Ayudas por maternidad para madres autónomas
Si eres autónoma y has cotizado al menos 180 días en los últimos siete años, puedes acogerte a una baja de maternidad de 16 semanas, en la que seguirás pagando tus cuotas y cobrarás el 100% de la base cotizada (833,40 ? al mes si cotizas el mínimo y 3.166,20 ? si cotizas el máximo).
Antes, tras finalizar la baja de maternidad tenías derecho a una bonificación del 100% de las cuotas mensuales durante los 12 meses siguientes. Si ya habías pagado esos 12 meses, tenías derecho a solicitar que te devuelvan el importe, pero con la nueva reforma laboral, esta bonificación quedó suprimida.
Solicitud prestación por maternidad 2023
Por último queremos hablaros de la Baja Maternal que como cada año podéis solicitar si estáis trabajando, o habéis cotizado en la Seguridad Social. Es la prestación que reciben las madres cuando dan a luz, aunque para ello debes cumplir una serie de requisitos y presentación las solicitudes y formularios necesarios en el INSS,el instituto de la Seguridad Social, o el el Instituto Social de la Marina ISM en el caso de Trabajadores del Mar.
Si deseas solicitar la prestación por maternidad, el plazo comienza a partir del día siguiente al comienzo del permiso de baja maternal y prescribe a los cinco años.
Para tramitar la prestación (cuyo importe corresponde al 100% de la base reguladora que tenga establecida el trabajador para la prestación por incapacidad temporal por contingencias comunes.) se tiene que presentar el Modelo oficial de Solicitud junto con la documentación siguiente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social:
Documentación necesaria prestación por maternidad
- Modelo de solicitud de Prestación por Maternidad. (Lo tienes aquí).
Notificación del nacimiento: varios supuestos
- Españoles: Documento Nacional de Identidad DNI de los solicitantes.
- Extranjeros: Número de Identificación de Extranjero NIE junto con el pasaporte o documento equivalente de su país.
Además de los documentos de identificación, será necesario adjuntar al Modelo de Solicitud por Nacimiento que consiste en:
- Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud en los siguientes casos:
- Cuando el descanso se inicie antes del parto.
- Si fallece el hijo antes de nacer y ha permanecido al menos 180 días en el seno materno.
- Libro de familia.
- Si parte del periodo de descanso es cedida al padre, deberá cumplimentarse la hoja número 5 del Modelo de Solicitud.
Ayudas por adopción 2023
El Real Decreto 1335/2005 fue modificado el 15 de septiembre de 2017 y establece que queda suprimida la prestación económica de pago único por el nacimiento o la adopción de un hijo por parte de la Seguridad Social. Por tanto, podemos comprobar que no se diferencia entre nacimiento y adopción. Esto quiere decir que se trata de igual manera y las ayudas, en principio, podrían calificarse o llegar a ser homologables.
En el supuesto de convivencia de los progenitores o de los adoptantes, si la suma de ingresos de ambos superase el límite indicado, no se reconoce la condición de beneficiario a ninguno de ellos. Igual regla se aplicará en los supuestos en que el acogimiento familiar, permanente o preadoptivo, se haya constituido por dos personas que formen una misma unidad familiar.
No obstante, también pueden ser beneficiarios quienes perciban ingresos anuales, por cualquier naturaleza, que superando los importes indicados en los párrafos anteriores, sean inferiores a la cuantía que resulte de sumar a dicha cifra el producto de multiplicar el importe anual de la asignación por hijo o menor acogido por el número de hijos o menores acogidos a cargo de los beneficiarios. Lo veremos próximamente en detalle, pero antes debemos dejar claro bajo qué condiciones se pueden solicitar prestaciones económicas por adopción o adopción múltiple.
Requisitos para el adoptante
- Resolución judicial que reconozca la adopción, tutela o acogimiento.
- Certificado de IMSERSO u órgano autonómico competente en los casos de discapacidad de menores mayores de 16 años.
- Libro de familia.
- Hoja número 5 debidamente cumplimentada del modelo de solicitud cuando el padre disfrute simultáneamente o sucesivamente parte del permiso de maternidad.
Las solicitudes se resuelven en un plazo máximo de 30 días.
Para más información, echa un vistazo a la siguiente página:
Ayudas por adopción múltiple 2023
El Real Decreto 1335/2005 indica claramente que la única prestación económica de pago único se podrá solicitar y, por tanto, es aplicable al nacimiento o adopción del tercer hijo o de los sucesivos que pueda concebir o adoptar la familia. Cabe destacar también que queda recogida una prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples en este mismo Real Decreto, para aquellas familias que cumplan el requisito de tener o adoptar más de tres hijos a la vez. En el caso de tenerlos, estaríamos hablando de trillizos, por ejemplo.
Ayudas por hijo menor en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción
Este tipo de prestaciones se denominan prestaciones de tipo familiar y así quedan recogidas dentro de la Seguridad Social. Se trata de una asignación económica a la familia por hijo menor que la compone siempre y cuando esté en el régimen específico de acogida o adopción. Para más información, echa un vistazo a la página web de la Seguridad Social sobre prestaciones familiares.
Ayudas por familia monoparental
Hablamos de familia monoparental cuando una persona afronta la maternidad o la paternidad por su cuenta, ya sea en un embarazo natural, adopción o reproducción asistida. Pero también se conoce como familia monoparental a las personas viudas y se hace cargo de sus hijos. Por último, también hablamos de familias monoparentales la familia en la que la madre o el padre separado se hace cargo de los hijos.
Las ayudas por maternidad que reciben las familias monoparentales son las siguientes:
- Ayuda por nacimiento de hijo: 1000 euros en un pago único, exento del IRPF, siempre y cuando nos ingresos no superen los 11547, 96 euros
- Ayuda por hijo a cargo para las madres solteras con hijos que tengan menos de 18 años: 291 euros por hijo, dividido en dos pagos. También está exento del IRPF
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Originally posted 2022-07-18 09:00:09.