Baja por paternidad en España
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Baja por paternidad en España

En una entrada anterior de Embarazo10 ya vimos cómo conseguir la baja por embarazo, aunque las madres no son las únicas que pueden solicitar una baja maternal ya que también lo pueden hacer los padres. Veámos ahora los pasos a seguir para solicitar la baja por paternidad en España.

Índice del artículo:

  1. Qué es la baja por paternidad
  2. Cómo solicitar la baja por paternidad
  3. Cuánto se cobra por la baja por paternidad
  4. Qué pasa si el padre está en situación de paro
  5. La baja por paternidad en autónomos
  6. Video de la baja por paternidad

Qué es la baja por paternidad:

  • La baja por paternidad, es la baja que pueden pedir los padres que trabajen y que hayan tenido el nacimiento de un hijo, una adopción o acogimiento, y de este modo poder tener varios días festivos. Anteriormente dicha baja no era tal, ya que los padres podían disfrutar de apenas dos días festivos, aunque actualmente ya son quince  días las que los trabajadores pueden solicitar. Cabe sumar que estaba previsto para que a partir del 1 de Enero de 2013 ya podrían solicitar cuatro semanas, aunque debido a la crisis, el gobierno ha movido esta fecha hasta 2014.
  • Esta baja pueden solicitarla aquellos trabajadores incluidos en el Régimen General y en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social y que además reúnan los requisitos exigidos.
  • Para poder solicitar esta baja tienes que haber cotizado un periodo mínimo de 180 días dentro de los últimos 7 años o 360 días en toda tu vida laboral.
  • Por otro lado cabe añadir que serán dieciocho días en el caso de las familias numerosas, monoparentales o con algún discapacitado. Este segundo periodo podría comenzar desde el día siguiente de los dos días antes mencionados hasta el día siguiente del último día del permiso de maternidad.
  • En el caso de los padres contratados a tiempo parcial, se deberán acreditar los períodos de cotización, se computarán exclusivamente las cotizaciones efectuadas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias, calculando su equivalencia en días teóricos de cotización:
    • El número de horas efectivamente trabajadas se dividirá por 5, equivalente diario del cómputo de 1826 horas anuales.
    • El período de 7 años dentro del que han de estar comprendidos los 180 días de cotización exigidos se incrementará en proporción inversa a la existente entre la jornada efectuada por el trabajador y la jornada habitual en la actividad correspondiente y exclusivamente en relación con los períodos en que, durante dicho lapso, se hubiera realizado una jornada inferior a la habitual.
    • La fracción de día, en su caso, se asimilará a día completo.

Cómo solicitar la baja por paternidad:

  • La baja por paternidad se ha de solicitar al INSS (Instituto de la Seguridad Social), por lo que deberás pedir una baja médica, una vez hayan pasado los dos días que por ley te corresponden por haber sido padre.
  • Una vez esto, te concederán 13 días más (que suman los 15 días) y que serán los de tu baja paternal.
  • Para solicitarla tienes que llevar al INSS los siguientes documentos: l Libro de Familia, el Documento Nacional de Identidad (DNI), la nómina correspondiente al mes anterior al nacimiento del pequeño, un certificado de la empresa con las bases de cotización, una domiciliación bancaria y la solicitud cumplimentada.

Cuánto se cobra por la baja por paternidad:

  • Lo que vas a cobrar por la baja de paternidad, será el subsidio (es decir cómo si estuvieras al paro) equivalente al 100% de la base reguladora (la de incapacidad temporal por contingencias comunes), tomando como referencia la fecha del hecho causante.
  • Además del importe has de deducir o restar las correspondientes cotizaciones sociales y las retenciones por IRPF.

Qué pasa si el padre está en situación de paro:

  • Si el trabajador está en situación de desempleo se le suspende la prestación que esté percibiendo, así como la cotización a la Seguridad Social y entonces pasará a cobrar la baja por paternidad en la cantidad que le corresponda (100% de la base reguladora).
  • Una vez haya finalizado el periodo de baja paternal se reanudará la prestación por desempleo por el período que restaba por percibir y la cuantía que correspondía en el momento de la suspensión.

La baja por paternidad en autónomos:

  • Los padres que sean autónomos podrán percibir el subsidio durante el período comprendido desde el nacimiento del hijo, desde la resolución por la que se constituye la adopción o desde la decisión administrativa o judicial de acogimiento, hasta que finalice el período correspondiente al descanso por maternidad, adopción o acogimiento, o inmediantamente después de la finalización de dicho descanso, siempre que, en todo caso, se produzca el cese en la actividad durante dicho período.
  • Lo que cobran los padres autónomos de baja por paternidad, será en las mismas condiciones que las personas contratadas en régimen general, es decir:
  • La duración será de un total de  13 días, aunque puede llegar a ser de 20 días si el nacimiento se da en una familia numerosa, cuando en la familia haya una persona con discapacidad igual o superior al 33% o cuando el hijo nacido tenga una discapacidad igual o superior al 33%. En caso de parto múltiple, los plazos indicados se incrementan en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.
  • La prestación será además del 100% de la base de cotización (en un autónomo la base mensual mínima de cotización es de 841,80 euros).
  •  Para tener derecho a la prestación, se tiene que estar en situación de alta en la Seguridad Social y tener cotizados, al menos, 180 días dentro de los 7 años anteriores o 360 días a la largo de la vida laboral.
  • También tenemos que estar al corriente de lo que son los pagos a la Seguridad Social. En el caso de los autónomos, entre la documentación a presentar, se incluirá una situación de la actividad en modelo oficial en la que se tendrá que señalar a cargo de quién queda la actividad (familiar o empleado) o si se produce un cese temporal o definitivo.

Vide de la baja por paternidad:

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