Baja Paternidad| Requisitos
Si quieres informarte sobre los requisitos de la baja de Paternidad.
Si vas a tener un hijo, tanto la madre como el padre tiene derecho a la baja si cumplen unos requisitos. En Embarazo10 te contamos más sobre la baja de paternidad y sus requisitos.
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El padre tiene derecho a dos días de baja , el día del parto y el día siguiente. Tanto si está trabajando o cuenta ajena o propia, si tiene un contrato a tiempo parcial o contrato de formación.
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Con el tema de la conciliación laboral se están haciendo cambios en la ley. Ahora después de esos dos días de baja por el parto de tu pareja tienes derecho a 13 días más que luego se ampliará a 4 semanas a partir de enero del 2011 si todo sigue su curso. Estos días se pueden tomar a continuación de los 2 días (el del parto y el siguiente) o los puedes tomar más tarde. Siempre dentro de las 16 semanas siguientes mientras dure la baja de maternidad de la madre.
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Acordando con la empresa puedes tomártelos en medias jornadas doblando así su duración hasta 26 días de media jornada.
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En caso de parto, adopción o acogimiento múltiple el período se ampliará en dos días por cada hijo a partir del segundo.
Tienes que avisar a tu empresa ya que esos días de baja te los paga la Seguridad Social. En la empresa tendrá que prepararte un certificado de acuerdo entre vosotros. En ese certificado quedará reflejado lo que ganas para que la Seguridad Social sepa cuanto ha de pagarte.
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En tu empresa te entregaran un documento que te habrá dado la empresa, lo has de entregar en las oficinas de la Seguridad Social, en ese documento figura la cuenta del banco donde deseas cobrar. Fotocopia del DNI, fotocopia del Libro de Familia etc.
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En el formulario puedes poner tu número de móvil y te mandarán un mensaje avisándote que tu solicitud ha sido aprobada.
A partir del 1 de Enero del 2011 hay cambios para en la Baja de paternidad. El padre podrá escoger entre una suspensión del contrato durante cuatro semanas ininterrumpidas ampliables en los casos de partos o adopciones múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad regulados por el artículo 48.4
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Fuente|www.permisodepaternidad.com/
- Categorias: Bebés, el parto, embarazo, embarazo10, Ideas claras, Lactancia, Meses del embarazo, Noticias
Artículo de Elena.B
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Un Comentario al Artículo: Baja Paternidad| Requisitos
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Yo sabía que era de 15 días y había oído que lo iban a aumentar a 1 mes. Por lo que he leído en el artículo así es. Pero a partir de enero del 2011. Entonces, si yo salgo de cuentas el 28 de noviembre, el papá disfrutará sólo 2 semanas o 4 (ya que las puede coger dentro de las 16 semanas siguientes al parto).
Un saludo, y gracias.